• Nuestro compromiso con la Calidad Institucional

    Planificación Estratégica 2021-2027

  • Uso de Medios Electrónicos en el TC (Ley 10.352)

    Avanzamos hacia el Expediente Electrónico

  • Domicilio y Notificación Electrónica

    Res. TC Nº 57/22

  • Firma Digital

    Uso de la Firma Digital

  • Creación del "Registro de Responsables"

    Resolución TC Nº 94/19

ESTATUTO DEL PERSONAL

"ESTATUTO DEL PERSONAL DEL PODER JUDICIAL" APLICABLE AL PERSONAL DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (ACUERDO Nº37/91 TC - ART. 95 LEY Nº 4.828)


La Ley Orgánica y de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Rioja Nº 4828, con su modificatoria Ley Nº 5123, en sus disposiciones complementarias Artículo Nº 95, establece:

“Serán aplicables al personal del Tribunal de Cuentas, el régimen horario, período de feria y remuneración vigente para la Función Judicial”.-

En consecuencia de ello por Acuerdo 37/91 de fecha 16/07/91 el tribunal de Cuentas dispone la aplicación del Estatuto del Personal de la Función Judicial a las relaciones laborales de los Funcionarios y Empleados del Tribunal de Cuentas.-

Se deja previsto que para todo lo no reglamentado en el mencionado estatuto será aplicable lo dispuesto por Ley Nº 3870 y sus modificatorias.

Estatuto del Personal de la Funcion Judicial

Ley N°3870